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AutorRespuesta No: 219141
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Abril de 2011 21:38 2011-04-12 21:38 desde IP: 200.52.44.48
En caso de acreditar el abandono del que fue objeto el hijo, se puede demandar la perdida de la patria potestad, pues dicho abandono es causal suficiente según el Código Civil del DF... Sin embargo, esa no es razón suficiente para cambiar de apellidos, lo cual no es dable legalmente, pues la ley solamente señala la enmienda o corrección del acta a virtud de errores cometidos en su redacción y no en función a actos caprichosos
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