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  • Consulta : 108808
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 218907

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Al comprar un inmueble bajo el régimen de propiedad en condominio, está obligado a pagar las cuotas de mantenimiento a la empresa que la asamblea de condóminos determine. Ahora bien, como el condominio es nuevo, el constructor tiene derecho por Ley a administrar el condomino durante el primer año, tal vez sea el caso.  En consecuencia Usted está obligado a pagar las cuotas de mantenimieto, independientemente de si lo hacen bien o no, eso lo debe reclamar en las asambleas de condóminos, pero de que tiene que pagar, tiene que pagar siendo el propietario del inmueble aunque no firmara con alguna empresa en particular, está disfrutando de los sevicios que no son solamente el riego de jardines, sino la recolección de basura, vigilancia, limpieza de áreas comunes etc.... Si no está conforme acuda a las asamableas de condóninos y ejerza sus derechos, pero tiene que pagar y si se niega lo obligarán por la vía judicial.