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  • Consulta : 108455
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 218456

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consigna el pago de las rentas mediante un billete de depósito en la dirección general de consignaciones civiles de tu estado . De esta manera mientras sigas pagando la renta, estas protegida.

    La " encargada " carece de legitimación , personalidad para pedirte que te salgas, inclusive para cobrarte las rentas,  ya que no es la dueña, ni es mandataria o apoderada de la misma.

    Si no quieres pleitos, dile a la encargada que te regrese los gastos que erogaste , te pague la mudanza y te sales, como te va a decir que no, tu sigues consignando tus rentas, no lo dejes de hacer, y por favor no pierdas tus recibos sellados .