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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 12:56 2011-04-07 12:56 desde IP: 200.94.175.36
No procede una Indemnizacion.
Si el regimen mediante el cual se casaron fue sociedad conyugal, al momento de ser decretada la disolucion del vinculo matrimonial se ordena la liquidacion de la sociedad conyugal, es decir dividir los bienes adquiridos durante al matrimonio a un 50% para cada conyuge.
Existen diferentes causales para obtener el divorcio, en algunas de ellas el conyuge culpable (quien origino el divorcio) puede ser condenado al pago de una pension alimenticia a favor del conyuge inocente en tanto este ultimo no contraiga matrimonio.
Saludos!!
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