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  • Consulta : 108026
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 218052

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No puede haber homonimias en el SAT, para eso existe la homoclave. Si ya perdió el amparo lo único que le queda es la revisión. Por otra parte, si Usted se casó por régimen de sociedad conyugal con su marido, puede rescatar el 50% de la casa ya que Usted no es deudora de Hacienda.