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AutorRespuesta No: 217902
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Fecha de respuesta: Domingo 03 de Abril de 2011 17:37 2011-04-03 17:37 desde IP: 187.144.50.102
volveremos...volveremos a empezar...tan...tan...
tu ...por el solo hecho de estar casados... tienen la obligaciòn de dar alimentos a tu conyuge... a tu esposa... vivan o no vivan juntos... y ella te lo puede reclamar judicialmente....
el interes en promover el divorcio voluntario aqdministrativo...ante el registro civil... requiere de un escrirto en el que se expresa esa voluntad...suscrito y formado por ambas partes...donde declaran que no tienen hijos... no tienen bienes que liquidar... y ninguno de los dos pide pensiòn alimenticia en favor propio o dese ministrar alimentos en favor del otro....cosa que se les va preguntar de viva voz... y para el caso de que...ella...dijera que no esta de acuerdo..,.que si desea el pago de pension... con eso se acaba el tramite que ya no se llevaria a cabo en la forma que la ley previene....
ahora bien.... si se promueve el JUICIO de divorcio voluntario ante un juez familiar... estarias obligado a dar alimentos en favor de tu conyuge...por todo el tiempo que duro esta uniòn... es decir.. del momento de casados hasta el momento de divorcio....
salvo otra opinion... mientras no tengas la voluntad firmada y reconocida de tu conyuge... estas obligado a dar alimentos.... me di a entender????
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