Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 107887
  • Autor : LIC ESTRADA
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 832
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 217885

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Creo que una vez que usted este perfectamente asesorada, puede hacer frente al Mp extorsionador, y por otro lado a ese abogado suyo que esta faltando a la verdad, y respecto a su comentario le comento, antes de serle aplicado el articulo 194, por regla se le debe aplicar el articulo 195 es decir la posesion de ese narcotico, y una vez acreditado el tipo penal, el Mp puede ir por alguno de los supuestos del articulo 194, y creo segun su consulta que el Mp ira por acreditarle por el de suministro gratuitamente, sea cualquiera de ambas cosas, no se deje intimidar,busque una asesoria, personalizada, en la cual se puedan leer las diligencias, que le fueron practicadas, con la finalidad de analizar cual fue la version que dio el compañero de su esposo y ya con esto estar en posibilidad de desarrollar una estrategia adecuada.

    LIC. ESTRADA. email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 44432775.