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  • Consulta : 107882
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 217847

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los poderes irrevocables... son revocables cuando el que lo otorga y el que recibe....estan de acuerdo en la revocaciòn.... mientras... no haya esa voluntad expresa de ambas partes... desde luego que nNO LO PUEDES REVOCAR EN FORMA UNILATERAL...sobre todo si ya se ejercio la funcipòn especifica para la que fue otorgado-- - - -