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AutorRespuesta No: 217601
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Abril de 2011 12:32 2011-04-01 12:32 desde IP: 201.140.80.140
el porcentaje de descuento se aplica en los ingresos ordinarios y extraordinarios del deudor alimentario.
por tanto es en relacion a su salrio, bonos, aguinaldos etc, e inclso si lo llegaran a liquidar en la empresa a usted le tocaría un porcentaje de esa liquidacion.
el monto del porcentaje lo fija el juzgado pero le pudiera tocar entre un 20 a un 40 porciento
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