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AutorRespuesta No: 220843
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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Abril de 2011 22:12 2011-04-24 22:12 desde IP: 201.110.125.30
Agradezco la amable respuesta de ambos. Con respecto a la pregunta de Zeth, le comento que la cesión que me hará es de los pagarés. Esta persona hará un documento en la comadora cediéndome los derechos de los pagarés, el cual tendrá su firma y huella. Entonces mi duda es, en caso de tener que hacer efectivo este documento, me lo harían válido? O se tiene que mencionar que es un poder para pleitos y cobranzas?
Gracias,
Alba
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