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  • Consulta : 106920
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 217138

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Yo creo que ya nadie va a tratar de defender lo indefendible, y menos el consultante. Pero como de todas maneras nadie contestó de forma concreta la consulta de ¿Quién firma la demanda cuando el documento base de la acción se endosa en procuración? hay que decir que la firma de la demanda la realiza el deudor y su aval o avales si los hay. Una vez que termine de redactar la demanda y de imprimirla, debe acudir al domicilio del deudor para decirle que lo va a demandar por la vía ejecutiva mercantil y que necesita su firma y que está obligado a firmar la demanda, una vez que logre conseguir la firma del demandado, le saca una copia y la presenta en oficilía de partes común, si el presunto demandado se niega a firmar, busca a dos testigos y levanta un acta en la que den fe de que se nego a firmar, no olvide anexar esa acta a la demanda.