Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 106799
  • Autor : ABOMAU68
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 2423
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 216462

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    marco_macula

    Asistase de abogado de su confianza para promover la CESACION DE LA PENSION ALIMENTICIA en virtud  de que sus hijas ya mayores de edad no estudian, la obligacion de ministrar alimentos a los hijos mayores cesa en cuanto estos obtienen un titulo profesional o diplomado de una carrera tecnica  con el cual esten en posibilidad de valerse por si mismos, no se incluyen ni maestrias, ni doctorados.

    La obligacion de ministar alimentos cesa a los 24 años de edad o bien si antes de esa edad ontiene un titulo profesional o tecnico, ahora bien la edad debe ser acorde al grado escolar.

    Saludos.