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  • Consulta : 106673
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 216443

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     tormentalluvia

    Las cuatro secciones de un juicio sucesorio son las siguientes:

    PRIMERA SECCION: Denominada SUCESION, esta se compone basicamente de la declaracion de herederos y nombramiento de albacea en el caso de no existir testamento.

    Para el caso de existir testamento y siendo tramitada ante un juzgado de lo Familiar, esta se compondra de la declaracion de VALIDEZ DEL TESTAMENTO, aceptacion de la herencia por parte de los herederos intituidos y aceptacion del cargo del Albacea designado por el testador.

    SEGUNDA SECCION:  Esta se compone de los INVENTARIOS Y AVALUOS  de los bienes que conforman el haber hereditario, desde luego inlcuye los activos y pasivos (deudas).

    TERCERA SECCION: esta se compone de la ADMINISTRACION de los bienes por parte del Albacea, el la cual basicamente pone a la vista de los herederos el estado fiananciero de los bienes de la masa hereditaria, es decir los ingresos y egresos de la misma.

    CUARTA SECCION: esta comprende el PROYECTO DE PARTICION Y ADJUDICACION, que en caso de no existir dispocion testamentaria en la cual el testador disponga de como habra de repartirse sus bienes  o en los casos de suscesion intestamentaria dicho proyecto lo realiza el Albacea.

     ¿quién designa al albacea?

    Al albacea en caso de un testamento lo designa el mismo testador, no existiendo testamento lo nombran ya sea por comun acuerdo y/o mayoria quienes han sido declarados herederos.

    ¿solo entran en este juicio bienes inmuebles?

    Tambien entran de existir bienes inmuebles, acciones, deudas que no se extingan con la muerta del autor de la sucesion, bienes futuros etc.

    ¿un notario/abogado del Distrito Federal lo puede realizar si la casa en cuestión está en Toluca?

    Afirmativo.

    ¿al final del proceso la casa queda a nombre de todos los herederos o de quien ellos indiquen?

    Puede ser adjudicada  y escriturada a nombre de los coherederos como copropietarios o para el caso de que cedan sus derechos en favor de determinada persona tambien puede ser, para que se escriture asi.

    Saludos.