- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 106366
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 215971
-
Fecha de respuesta: Lunes 21 de Marzo de 2011 11:48 2011-03-21 11:48 desde IP: 187.194.68.78
es igual...no hay cambios... solo el partado y la ley burocratica ....
puedes presentarla en una junta de conciliacipòn y arbitraje... que ellos decidiran si llevan la audiencia de conciliaciòn....y ...si no se resuelve en esta... ellos la turnan directamente al competente....busca un abogado especialista...no intentes hacerlo tu... la PROFEDET...esta en todas las juntas de conciliaciòn...ellos saben que hacer o como aconsejarte para hacerlo....
-
Autor





