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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Marzo de 2011 16:20 2011-03-18 16:20 desde IP: 189.163.27.63
No, no puede, debe de haber un albacea nombrado. De todas maneras no estás en contra del tiempo, y la designación no tarda mucho. Pero al demandar la nulidad del juicio deberá asegurarse de inscribir la demanda en el registro publico de la propiedad a efecto de que no puedan cambiarla de dueño
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