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  • Consulta : 106143
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 215670

  • Sergio Orea
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    (Resumen de Actividades)

    Aquí no procede el Juicio de Amparo, ya que el Juicio de Amparo solo lo puede rpomover la persona a quien afecta el acto de autoridad, y esta person aya falleció.

    Lo que se debe de hacer es demandar LA NULIDAD DEL JUICIO por haber sido un Juicio fraudulento, demostrando que a la fecha en que se promovió el Juicio el demandado ya había fallecido, esto se acreditará cn el acta de defunción, y la fecha de radicación de la demanda, y tratar de demostrar que el actor lo sabía ya que además emplazó en un domicilio donde nunca ha vivido el demandado. Como consecuencia de la nulidad del Juicio, de obtener sentencia favorable, deberá de cancelarse la escritura.