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  • Consulta : 106139
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 215694

  • Sergio Orea
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    (Resumen de Actividades)

    No concuerdo con la opinión dada por el forista anterior. Claro que se puede embargar una casa del infonavit, pues el titular del derecho de propiedad lo es ya el trabajador.

    Además es incorrecta la aprecicación de que por el hecho de estar HIPOTECADA  la casa no puede ésta salir del dominio de la persona que garantizó con la hipoteca, ya que SÍ se puede, una casa hipotecada puede ser vendida a tercero, claro que éste tercero puede sufrir la pérdida del bien al ejecutar la hipoteca, pero es totalmente válido.

    ´Tan válido es que incluso se puede hipotecar un bien dos o más veces, sin ningún problema. Es así como en el caso de los co financiamientos que se establece una hipoteca a favor de INFONAVIT Y otra EN FAVOR DE LA INSITUTICIÓN CREDITICIA.

    Lo que comenta el forista anterior de que la casa no puede ser vendida, u ofrecida en garantía no es en virtud de la HIPOTECA, sino el mismo contrato de apertura de crédito, donde se establece que el trabajador, como cláusula, que el trabajador no puede vender la casa sin consentimiento del INFONAVIT, y en caso de hacerlo, entonces se vencerá anticipadamente el contrato de apertura de crédito y podrán exigir el pago total del crédito al trabajador, pero no es por la hipoteca.

    Por ello es que si puede ser embargada la casa de INFONAVIT, toda vez qe ya el dueño lo es el trabajador, sin embargo no es muy recomendable, porque quien adquiera  esa casa en caso de que el trabajador no pague el crédito se lo exigirán al dueño de la casa adquirida en el remate, pero de que se puede se puede.