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  • Consulta : 106103
  • Autor : olaguez
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  • Autor
    Respuesta No: 375367

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    efectivamente usted puede ocurrir al consulado mexicano y ahi le pueden extender el poder que necesita, pero eso si a la hiora que su hija venda, esta obligado a cubrir por usted el impouesto sobre la renta ya que usted no habita el inmueble y ademas en el poder se asienta el domicilio en que usted esta actualmente viviendo y el impuesto es alto ya que por el domicilio del poder se nota que no es su domicilio ya que para que para quedar exenta debe de ser su domicili habitacional