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AutorRespuesta No: 217788
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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Abril de 2011 21:02 2011-04-02 21:02 desde IP: 189.217.244.182
Distinguida Consultante
En el Consulado mexicano puede tramitar y otorgar un poder amplísimo para actos de administración y riguroso dominio, a favor de su hijo.
También en el consulado puede renovar su pasaporte nacional y en ninguno de los documentos como es el pasaporte y el poder se asienta su domicilio, por lo que no se preocupe.
Los impuestos a su cargo por la enajenación de su casa habitación en su caso particular usted, está exenta del Impuesto sobre la renta y del Impuesto al valor agregado, si entrega recibos de luz, teléfono, impuestos donde se desprenda que usted habitaba el domicilio en términos del artículo 109 de la Ley del impuesto sobre la renta.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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