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AutorRespuesta No: 214764
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Marzo de 2011 16:02 2011-03-11 16:02 desde IP: 187.194.22.113
ponle un hasta aqui...
inicia acciòn penal por incumplimiento en el pago de la pensiòn... no es cuando quiere...es en forma semanal....con copia certificada de los documentos penales...
inicia acciòn civil y familiar de pago y aseguramiento por medio de embargo de pensiòn en favor tuyo y de tu hijo....guarda y custodia de tu hijo para ti...perdida de la patria potestad....
tu hazlo y vas a ver como lo calmas al payaso...y que no te amence...
todos los menores...por ley y criterio de la corte...menores de 12 años...deben estar bajo la guarda y custodia de la madre...se dedique a lo que se dedique...y tu ...puedes salir con quien tu quieras y a la hora que quieras.... y si te dice algo mandalo a la CTM....(vas y ...a tu ...madre...ctm)
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