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  • Consulta : 105260
  • Autor : sergio villa
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  • Autor
    Respuesta No: 214702

  • sergio villa
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Primero deben de hacer la denunca testamentaria respecto de esa sucesion, pq no solo es hacer el testamento sino que se haga efectivo lo que el mismo dice y a su vez que se le de la validez necesaria,(el papel awanta lo que sea, pero sera la autoridad judicial o si su estado econoico lo permite por medio de un notario).  En este caso fue voluntad del de cujus (persona fallecida: quien cede los derechos despues de la vida) quien nombra a dicha persona como albacea,  pero el codigo civil es muy claro la mencionar ciertos casos por los cuales uede ser revocado el mismo. Yo le recomiend que de inmediato haga la denuncia testamentaria a bienes de su papa,  para que en el momento procesal oportuno y si a su vez el albacea sigue siendo omiso en sus obligaciones como el que resguarda los bienes que integran la masa hereditaria, solicite sea removido, esto se hace via incidental dentro del mismo procedimiento, una causa puede ser que no rinda las cuentas de albaceazgo o que no formule en tiempo el inventario y avaluo de los bienes de la sucesion.