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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Marzo de 2011 21:18 2011-03-09 21:18 desde IP: 189.145.51.192
Mi estimado consultante Dragon.espectral
Mire, solo como un agregado al acertado comentario que le hace ABOMAUD68 (SALUDOS) la normatividad aplicable nos tipifica que la afiliación a las Cámaras, ES VOLUNTARIO más no obligatorio. (Artículo 17.- La afiliación a las Cámaras será un acto voluntario de los Comerciantes e Industriales)
Aquí lo que sucede también y que no hay que soslayar, es que si existe una obligatoriedad de registrarse al SIEM, toda vez que según el “””-Artículo 30.- Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM-“””, y como este registro normalmente lo hacen por medio de las Cámaras los que están inscrito, es por ello que luego se aprovechan y abusan.
SALUDOS
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