Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 105097
  • Autor : Rosen
  • Consultas en Foro: 50
  • Respuestas en Foro: 2098
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7307
  • : 97 %
  • : 2 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 214526

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado consultante Dragon.espectral

    Mire, solo como un agregado al acertado comentario que le hace ABOMAUD68 (SALUDOS) la normatividad aplicable nos tipifica que la afiliación a las Cámaras, ES VOLUNTARIO más no obligatorio. (Artículo 17.- La afiliación a las Cámaras será un acto voluntario de los Comerciantes e Industriales)

    Aquí lo que sucede también y que no hay que soslayar, es que si existe una obligatoriedad de registrarse al SIEM, toda vez que según el “””-Artículo 30.- Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM-“””, y como este registro normalmente lo hacen por medio de las Cámaras los que están inscrito, es por  ello que luego se aprovechan y abusan.

    SALUDOS