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  • Consulta : 105087
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 214488

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    BIGAMIA....es un delito....

    ARTÍCULO.- Al que contraiga nuevo matrimonio, sin hallarse legítimamente disuelto el anterior, se le impondrá

    prisión de 6 meses a 3 años y hasta 150 días multa. Las mismas penas se aplicarán al otro contrayente si conocía el

    impedimento al tiempo de celebrarse el matrimonio.

     

    MATRIMONIOS ILEGALES

    ARTÍCULO .- Al que fuera del caso de bigamia contraiga matrimonio con conocimiento de la existencia de un

    impedimento dirimente, se le impondrá prisión de 3 meses a 2 años.

     

     

    no es clara tu consulta....no se entiende que preguntas y tampoco por cual de las dos lo preguntas...