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  • Consulta : 104958
  • Autor : garovalo
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  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El divorcio sólo puede ser demandado por el cónyuge que no haya dado causa a él, dentro de los

    seis meses siguientes al día en que hayan llegado a su noticia los hechos en que se funde la demanda.