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  • Consulta : 104870
  • Autor : tuasesorlegal.mty
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    Respuesta No: 214242

  • tuasesorlegal.mty
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La editorial debe tener deudores, es decir personas fisicas y morales que le deban, esos creditos a su favor pueden ser embargados, asi mismo pueden intervenir o embargar la caja es decir las ventas de la editorial para que con su producto se pague al trabajador.

    Si falleciera el trabajador puede su esposa tramitar un paraprocesal de investigacion por muerte a fin de que sea declarada beneficiario y a ella se le pague.

    Tienen 2-DOS años desde la fecha que haya causado ejecutoria el laudo para ejecutar el mismo.-

    Saludos cordiales.-