Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 104632
  • Autor : bagaga
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 2
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 214082

  • bagaga
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Esa accion es totalmente anticonstitucional, y es violatoria de los articulos 14 y 16 de nuestra carta magna y lo procedente es denunciar, pero ojo en el momento que tu denuncies, ante la autoridad o ministerio publico de tu localidad, automaticamente el ministerio publico militar inicia una investigacion por separado en base a que los militares se regulan por una ley especial, que muchos colegas abogados lo ignoramos,  y esto trae como consecuencia que tendras que ir a declarar a la agencia de ministerio publico militar mas cercas de tu lugar de recidencia, por ello es la complicacion anteriormente  descrita y lo unico que conseguiras es que el militar se salga con la suya, simplemente recuerda que los juzgara un militar y los militares son en si una gran familia y como tal se ven