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  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    fabrigag:

    Foristas Todos:

    fabrigag:

    Me complazco por la oportunidad de saludarle, pero aprovecho la oportunidad de expresarle que la nota que usted recién insertó ya había salido desde julio del año en curso, e inclusive la comenté con el C. Juez interesado, pues ese mismo día comparecí en la Subdelegación Oriente del Distrito Federal ante el agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de la República que recibió el desglose de la averiguación previa que inicié, pues también denuncié delitos federales, y es muy posible que cierto escrito mío y su contestación, mismos que aquí reproduzco, hayan tenido mucha influencia en los sucesos de la nota que usted insertó, pero ¿¿Usted que opina??:

     “C. PRESIDENTE DEL

    TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y

    DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

    DEL DISTRITO FEDERAL.

    P  R  E  S  E  N  T  E  :

     Alejandro González Flandes, como denunciante en la averiguación previa que con motivo de la película “Presunto Culpable” se integra en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, con domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en el impreso al pie de página del presente escrito, con respeto comparece para exponer:

     Que con motivo de que los noticieros informaron que Su Honorabilidad dará intervención al Comité de Ética del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, para que sean examinadas las conductas de los C. C. Juez, agente del Ministerio Público y defensor que aparecen en la película “Presunto Culpable”, y que Su Honorabilidad solicitará que los productores de dicho film le aporten los videos originales para realizar la evaluación de cuenta, es que vengo a manifestar que esa valoración será incompleta e injusta, toda vez que también debe valorar las conductas de los C. C. Magistrados de la Quinta Sala Penal que revocaron la sentencia condenatoria y ordenaron la libertad del condenado.

     Lo anterior tiene su fundamento en que, precisamente la necesidad de solicitar los videos originales viene confirmando la opinión jurídica que el abajo firmante expresó al formular la ampliación de la denuncia penal contenida en la averiguación previa que se está integrando en la Fiscalía de Asuntos Especiales y Delitos Electorales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de la que se copia la siguiente transcripción textual:

    9.- Una cuestión de la mayor importancia es que en la propia película “Presunto Culpable”, es observable que la defensa aportó como pruebas las películas obtenidas durante las audiencias del proceso en primera instancia, sin embargo dichas filmaciones fueron ocupadas posteriormente para la realización de la película, así que en este punto es relevante hacer notar que las filmaciones pasaron a ser parte integral del expediente, pues reza el principio general del derecho que “QUOD NON EST IN ACTIS NON EST IN MUNDO (Lo que no está en los autos no está en el mundo), de tal manera que nos encontramos con uno de dos supuestos, a saber:

     a) que la sentencia de apelación sobre la sentencia condenatoria de primera instancia fue dictada con base en probanzas ajenas al expediente y, por lo tanto, que es ilegal; ó

     b) que los cineastas han estado poseyendo pruebas que deben estar agregadas al expediente penal (Toca) de segunda instancia.

     pero en cualquiera de los dos supuestos es incuestionable que nos encontramos en presencia de probables hechos ilícitos que el agente del Ministerio Público deberá investigar y valorar al momento de determinar la presente averiguación previa.”

    También será importante que el Comité de Ética valore que, conforme informes de noticias no confirmadas por la lectura directa del expediente, que en las declaraciones del testigo C. Víctor Daniel Reyes Bravo, surge que el probable(s) responsable(s) procesado José Antonio Zúñiga Rodríguez, según dicen sus familiares al principio del film, que: “…trabaja en un tianguis todos los domingos…”, y que es imposible que de su trabajo tenga para subsistir toda la semana, por lo que se presume que debe tener otra actividad lucrativa, a lo que se agrega que el homicidio pudo motivarse en el cobro de deudas por drogas prohibidas, y que dicho procesado fue ubicado por el testigo supramencionado, diciendo que llegó en una bicicleta de color azul.

    A lo anterior se agrega, para ser valorado por el Comité de Etica, que al momento del careo divulgado en el film “Presunto Culpable”, el procesado preguntó al testigo de cargo C. Víctor Daniel Reyes Bravo, que si lo vio disparar el arma de fuego, con lo cual, e independientemente de la respuesta negativa que dio su careado, el procesado se ubicó como participante en las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos del homicidio, con lo cual se puede acreditar su coautoría en el delito, por lo menos con una fortísima presunción, pues entre el hecho de que él era el único que portaba una pistola y el hecho de que el occiso recibió un disparo existe una relación de causa a efecto en la que se puede concluir que si el procesado careció de la conducta de disparar el arma de fuego, entonces se le puede considerar como el cómplice que la proveyó y, consecuentemente, coautor del injusto penal.

    Por lo anterior, es que solicito atentamente que sean tomadas en cuenta las circunstancias antes descritas, para el efecto de que el Comité de Etica emita su resolución en el procedimiento anunciado por Su Honorabilidad, y que se me expida copia certificada de la resolución que sea dictada por el Comité de Ética antes aludido, misma copia que está destinada a ser glosada al expediente de averiguación previa a la que me he referido desde el inicio de la presente promoción.

    Por lo antes expuesto y fundado,

    A USTED, C. PRESIDENTE, el(la) suscrito(a) atentamente pide:

    UNICO.- Tenerle por presentado(a) en tiempo y forma contenidos en el presente memorial y, en su caso, con los documentos que eventualmente se llegaren a exhibir como anexos, para todos los efectos legales a que haya lugar.

    PROTESTO LO NECESARIO.

    Abril 25; 2011.

    Lic. Alejandro González Flandes.

     Respuesta:

     “"La Ética Judicial, un compromiso de todos"

    TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

    PRESIDENCIA

    Av. Niños Héroes N° 132 PB

    Col. Doctores,

    CP. 06720, Del. Cuauhtémoc

    PRESIDENCIA

    Núm. P/SPRIV/155/2011

    Licenciado

    ALEJANDRO GONZÁLEZ FLANDES

    Presente

    Me dirijo a usted con motivo de su memorial de fecha 25 de abril de 2011, en el que hace diversas manifestaciones que ^solicita se expongan ante el Comité de Ética del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.

    Al respecto, le informo que se hizo del conocimiento de los integrantes del Comité citado el documento remitido por usted, para que se tome en cuenta en lo que consideren pertinente, aprovechando para recordarle que el Comité de Ética se pronuncia Sobre cuestiones específicamente éticas y no de legalidad de la actuación de autoridades, pues no es esa su función ni su competencia.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    ATENTAMENTE

    PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE

    JUSTICIA Y/DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

    DEL DISTRITO FEDERAL

    MAGISTRADO DR. EDGAR ELIAS AZAR”

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