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Tradicional Foro de consultas
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Marzo de 2011 22:47 2011-03-04 22:47 desde IP: 189.216.163.103
Saludos, yo también siempre he respetado los puntos de vista de los foristas, (sólo combato a los usurpadores de profesión). Sin embargo, no creo que sea prudente el hacer suposiciones en el sentido de "y que tal si en el contrato se pactó la entrega a los cinco días del anticipo", o "que tal si en contrato se estableció la obligación de entregar el inmueble del 30 de febrero". Las suposiciones no son válidas en este foro, sólo podemos opinar en relación a la consulta original y sus ampliaciones cuanto se llagan a dar, mientras no se anexen los documentos a las consultas (contrato en este caso) no es prudente suponer, estamos abligados a opinar con lo tangible. Además de que el contrato está viciado de origen puesto que no lo formó la cónyuge, razón por la cual anexé la última tesis de jurisprudencia.
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