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Fecha de respuesta: Martes 01 de Marzo de 2011 22:36 2011-03-01 22:36 desde IP: 187.172.36.150
no creo que en la demanda se establezca que unicamente de manera mancomunada se podra dar seguimiento al juicio como son en los poderes especiales con limitaciones.
por lo tanto cualquiera con la personalidad reconocida en autos lo puede hacer tal como lo menciona Abomau68(saludos)
spero haberte ayudado..!
Luis Charles =)
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