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  • Consulta : 104052
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 213310

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    jpv:

    Desde luego que me abstengo de patrocinarle a usted en contrato "quota litis" que usted denomina "pro bono" al estilo americano, sobre todo en un asunto de falsificación de documento en el cual le afirmo quen "un porcentaje de nada es pésimo negocio", en cuanto a que el asunto de la venta del automóvil es falso lo que le informaron diversos foristas que me antecedieron en la respuesta, cuenta habida que al haber vendido el coche, lo que haya acontecido al vehículo es problema del comprador, de donde resdulta inexistente ningún delito, todo se reduce a un contrato civil de compraventa en donde el comprador ha incumplido con el pago del precio, por lo que el agente del Ministerio Público siempre resolverá que es incompetente y que usted debe intentar el juicio civil ó mercantil.

    Por lo demás, el asunto deberá someterse a un juicio cuya cuantía hace que su negocio reciba la denominación de "asunto ratonero"  y ante juez de paz en materia civil, juicio que solamente puede interesar a algún abogado principiante o a alguno a quien le falten clientes y trabajo..