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Fecha de respuesta: Martes 01 de Marzo de 2011 20:32 2011-03-01 20:32 desde IP: 189.217.95.4
aboga0905
Podrian demandar la INOFICIOCIDAD del testamento solo en cuanto a los ALIMENTOS sean estos para la concubina, menores de edad, discapacitados. Acerditando para tal efecto la necesidad de recibirlos.
La inoficiosidad del testamento una vez declarada solo fijaria la cantidad que por concepto de pension alimenticia se habra de ministrar de la masa hereditaria a quien necesite ALIMENTOS.
Para impugnar la validez del Testamento en el cual se designo como heredero universal a su hermano, requeririan acreditar de manera fehaciente que el testador no gozaba de cabal juicio al momento de otorgarlo. Asistanse de abogado de su confianza.
Saludos
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