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  • Consulta : 103564
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 212536

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1...el deudor debe acrditar el monto de su ingresos... al efecto de que de los mismos se extraiga o se consigne el % acordado por convenio o por orden de juez en y por motivo de sus ingresos...y en proporcion a los mismos...

    2...esto se acredita con la hojas de SAT... y se entrega cantidad despues de descuentos....

    3...pero la señora... tenga o no trabajo... tenga o no a los hijos... no le corresponde un cinco...despues del divorcio...

    tendra ella que acreditar la imposibilidad fisica o mental para poder trabajar....pero el no debe darle un cinco mas del pactado...ya que la cantidad que recibe... es su obligaciòn de madre  el administrarla... y el restante que falte... proporcionarlo...