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AutorRespuesta No: 212504
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 16:39 2011-02-25 16:39 desde IP: 187.194.36.100
al prestarte dinero... tu firmarle un pagare...celebraron un trato que esta sujeto a la ley gneral de titulos y operaciones de credito y al codigo de comercio....
por tanto...al momento de hacer tu cualquier pago...es TU obligaciòn pedir un recibo... y es obligaciòn de tu acreedor...otorgar un recibo....la ley ampara esa situaciòn....
que tu tuvieras una necesidad economica...eso no le importa a la ley ni al al juez que la aplica...
si no tienes recibos....eso nada significa...mas que debes el total de la deuda consignada en el pagare mas intreses al 10% mensual contados de la fecha de ssuscripciòn del documento....no hay vuelta de hoja,,,,
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