- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 103475
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 212425
-
Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 08:51 2011-02-25 08:51 desde IP: 187.194.36.100
si elmagistrado es o no perito grafoscopo...no es esa la prueba ofrecida para su desahogo...la prueba es una documental publica (documentos notarial...que tiene ese contenido en la ley)...que señala en forma expresa si es o no su sello y su firma en el contrato que da origen al juicio...si el notario niega...es claro que el colegiado...debe hacer lo propio...es to es ...dictar como ha dictado....lo que a ojos del lego (porque no se dice cual es el acto reclamado de juicio)...esta bien dictado....ag
por cuanto ve a queja contra un colegiado...la puedes presentar en el unitario de circuito con vista a la presidencia de la republica y a la suprema corte de justicia...siendo esta ultima quien vera si hubo o no acto radical...de haberlo...se dara vista a la pgr...y se detendra al juez o m agistrado y su secretario...pero de no haberla se te iniciara una investigacion a ti...hasta por la secretaria de hacienda...y...entonces si....
-
Autor





