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  • Consulta : 103475
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 212425

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si elmagistrado es o no perito grafoscopo...no es esa la prueba ofrecida para su desahogo...la prueba es una documental publica (documentos notarial...que tiene ese contenido en la ley)...que señala en forma expresa si es o no su sello y su firma en el contrato que da origen al juicio...si el notario niega...es claro que el colegiado...debe hacer lo propio...es to  es ...dictar como ha dictado....lo que a ojos del lego (porque no se dice cual es el acto reclamado de juicio)...esta bien dictado....ag

    por cuanto ve a queja contra un colegiado...la puedes presentar en el unitario de circuito con vista a la presidencia de la republica y a la suprema corte de justicia...siendo esta ultima quien vera si hubo o no acto radical...de haberlo...se dara vista a la pgr...y se detendra al juez o m agistrado y su secretario...pero de no haberla se te iniciara una investigacion a ti...hasta por la secretaria de hacienda...y...entonces si....