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AutorRespuesta No: 212355
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Febrero de 2011 22:20 2011-02-24 22:20 desde IP: 189.234.195.15
1...tu credito ...del momento en que dejaste de pagar....almomento de la supuesta cobranza...si pasaron 3 años...ha prescrito....y caducado la aciòn ejecutiva mercantil y la acciòn causal...
2...no pagues nada y si llega una demanda...contestala por medio de un abogado... ha prescrito y caducado....
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