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  • Consulta : 103222
  • Autor : cagused
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  • Autor
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  • cagused
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    tengo entendido que todavia puedes usar la accion causal o tambien de enriquesimiento en ordinario mercantil, ya que segun el art. 1047 del c. del comercio te da 10 años de prescripcion