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AutorRespuesta No: 218012
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Abril de 2011 17:15 2011-04-04 17:15 desde IP: 189.234.190.60
1...la ley... es el pacto que la sociedad reconoce como medio para poder convivir...
2...lo que dice la norma procesal... que es la que citas y afuerza quieres que el juez te conceda....no es porque tu quieres... es cuando el juez lo considera necesario...y en los SUPUESTOS CASOS DE ADULTERIO.... no es necesario que el juez investigue...tu debes probarlo...
3...con todos los SUPUESTOS .... sin prueba alguna... sin nada que presentar en concreto para ser valorado como medio de prueba ante un juez...no tienes nada...
4...si crees que puedes probar... contrata un abogado... que lo primero que va a hacer... es decirte las causales de divorcio... saltandose el ADULTERIO... porque no es una causal que puede ser probada en momento alguno....amen de que no tienes nada con que probarla...la necedad no es un medio de prueba....
5...tienes que presentar la demanda.... hecha por un abogado... en la que afirmes y te comprometas a probar esas afirmaciones....EL QUE AFIRMA ESTA OBLIGADO A PROBAR... esta en tu codigo procesal civil...que tu ofrezcas la confesional... no significa que al momento de contestar la demanda... o al momento de desahogar... se condene diciendo ES CIERTO.... y que pasa si dice...NO ES CIERTO... ya no tienes nada...
6...no imagino como es vivir contigo....pero haz de parecer vendedor de seguros o de carros... necio hasta decir basta... y cuando al fin te dicen SI ES CIERTO... CONTENTO....???....crees que ya ganaste...pero ante un juez esto no vale...y menos aún el juez se va a poner a investigar en tu favor y menos por un simple supuesto de ADULTERIO.... por muy dolido que estes....
7...tuve un asuntoi aspi... el cliente se deprimia... y la esposa ante mi concedio todo... pero ante el juez... TOMA TU CUERNO... fue tanto el coraje que hizo el cliente... que queria que yo atestiguara... y claro que no lo iba a hacer... ese no es mi papel....y como no me preste a sus tonterias... me denuncio ante el mp.... quien lo mando al diablo... y entonces hasta un infarto le dio... y como le dijo el arbitro al jugador caido... o te paras o te saco tarjeta roja.... ... ah!... se me olvidaba... se murio al tercer dia... y con eso todos contentos.... hasta yo....
el abogado esta para allanar caminos .... para buscar senderos... para quitar píedras... pero no para cumplir caprichos... el juez esta para valorar los medios de prueba y decir si se probo o no la petición de la parte....la sentencia... es la verdad legal del asunto...que puede ser contradictoria con la verdad que el consultante quiere que se denuncie.... pero nadie que se precie como abogado... con simples supuestos... ni con fotos... ni videos ... ni grabaciones de gemidos... va a demostrar ante un juez que esto es como dices... un adulterio.... no tienes ningun medio de prueba...
es mas... antes de la confesoria... la señora se puede presentar y decir... vengo con temor... a contestar preguntas... ya que fui amenazada de muerte... de ser desfigurada... de matar a mis hijos.... si no contesto que si a todas las preguntas que me hagan... y que acepte hasta irme a la carcel...
y entoncdes... si... vista al mp.... suspención de la prueba... detensión de las pártes y a ver... que pasa... y ya me paso dos veces... en una de ellas me acusaban a mi de haber amenzado a la parte que iba a absolver....
si crees que tienes razón... deja de perder el tiempo y busca un abogado....inicia el juicio y dejate de pende...as----
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