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  • Consulta : 102702
  • Autor : mensajero
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  • mensajero
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    dorae.

    amables foristas.

    Supongo que si salgo del domicilio conyugal, digamos por tres meses, persisten mis obligaciones establecidas en el articulo 150 del Codigo Familiar de mi estado, que dice: " Los cónyuges están obligados a contribuir cada uno por su parte a los fines del matrimonio, socorrerse mutuamente, procurarse ayuda, solidaridad y asistencia" y tambien la establecida en el articulo 152, que establece: " Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a su alimentación... sin perjuicio de distribuirse la carga en la forma y proporción que acuerden para este efecto, según sus posibilidades".

    Ella estudia y trabaja y como es minimo lo que gana, yo le ayudo con la alimentacion y con una parte de sus gastos escolares como pasajes, utiles, tiempo en cibers, impresiones y esas cosas.

    Yo sí quiero salir del domicilio conyugal por unos tres meses, pero también quiero seguir cumpliendo con mis obligaciones anteriores, si es que éstas persisten, como supongo.

    ¿Como puedo proceder? ¿Le digo que abra una cuenta en el banco para depositarle? ¿Le entrego en efectivo y que me firme ante testigos? ¿Qué me recomiendan que haga?

    Gracias por sus valiosas respuestas, las pasadas y, espero, las próximas.

    Un fuerte abrazo para todos.