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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Febrero de 2011 22:57 2011-02-18 22:57 desde IP: 189.208.200.29
En complemento a la correcta orientacion del forista que me antecede, le hago saber que el fundamento legal que impone al patrón la obligación de pagar a los trabajdores la prima vacacional (25% del sueldo que corresponda a los días de vacaciones que disferute), se encuentra contenido en el artículo 80, de la Ley Federal del Trabajo, y dicha obligación no es opcional para el patrón cumplirla o no, acudan a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y presenten su queja, porque el derecho a cobrarla prescribe al año de haber disfrutado el período vacacional.
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