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  • Consulta : 102448
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 211103

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    La circunstancia que hayan cambiado los representantes legales de la persona moral (sociedad), no es motivo para que los contratos de los trabajadores deban de ser renovados, ni tampoco para que los que firmó el anterior representante legal carezcan de validez, pue los trabajadores no le prestan su servicio a la persona física que tiene esa representación, sino a la persona moral; en consecuencia, los contratos que firmaron desde que iniciaron la presación de sus servicios, siguen surtiendo todos sus efectos legales, y si la empresa, ante la negativa de los trabajadores de firmar un nuevo contrato, ya sea que se pretenda que lo hagan en las mismas condiciones o que intenten modificarlas, se niegan a hacerlo, y por ese motivo los separan del empleo, estarán incurriendo en un despido injustificado, con las consecuencias legales que ello implica.

    Además, los trabajadores no necesitan que se les haga saber quién es la persona que se ostenta como representante legal de la empresa, salvo que en sus relaciones con los empleados, realice actos de supra-subordinación, caso en que si necesitarían saberlo, a fin de que estén en aptitud de acatar las órdenes que se lesden, relacionadas con el trabajo para el cual cada trabajador fue contratado.