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  • Consulta : 102189
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 210815

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lamentablemente no, la correción la debe de realizar en la dirección de registros civiles del Estado donde celebró el matrimonio. Deberá de contratar un abogado que le realice el trámite.

    Una opción que pudiera hacer es otorgar un poder a un pariente que tenga en ese estado para que se evite las vueltas hasta guerrero.