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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Febrero de 2011 18:11 2011-02-21 18:11 desde IP: 189.163.78.160
Es justamente el delito contra la filiacion lo que señalaba pero que aqui exponen el codigo penal federal que no APLICA sino aplicaran el similar a su Estado.
No estoy de acuerdo con la terminologia de que los padres estan obligados a registrar a sus hijos. Tan no es asi que el requisito para que un menor sea registrado con los apellidos del padre es que vaya este a pedirlo por si ...si se trata de hijos fuera de matrimonio.
Toda oblicacion incumplida amerita una sancion. NO HAY SANCION por el hecho de no comparecer a registrar a un hijo. Hay multa administrativa a ambos padres si no registran en tiempo pero PENALMENTE no hay sancion y por ello corrijo...NO ES OBLIGACION al menos no obligacion legal... mas bien obligacion moral.
Usted podria registrar a sus hijos como madre soltera. Si no estuviere casada no estaria infingiendo norma alguno. JAMAS seria sancionada de nada. Porque usted no estaria cometiendo el delito de filiacion contra las personas. Pero en su caso...estando casada ..ahi si le aplica. Saludos
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