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  • Consulta : 101872
  • Autor : camacho
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  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente el primer paso que debe dar, es demostrar el parentesco de su hija con el padre, para lo cual,  deberá de demandar el reconocimiento de hijo, con todos los requisitos que marca la ley, y una vez decretado el parentesco, demandar los alimentos que por ley le correspondan a la menor, en caso de imposibilidad del padre de otorgarlos, puede demandar a los abuelos paternos este derecho. Atte. Lic. J. L. Camacho.