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AutorRespuesta No: 210200
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Febrero de 2011 14:00 2011-02-12 14:00 desde IP: 189.137.191.70
Consultante:
El contrato de compra-venta, se tiene que elevar a escritura pública, acudan vendedor y comprador a la Notaria de su elección, para que el contrato privado, adquiera la formalidad requerida por la ley, sea tirada la escritura en su favor, y el inmueble sea inscrito en el Registro Público de la Propiedad correspondiente.
De negarse el vendedor a firmarle, tendrá que demandar el cumplimiento del contrato privado de compraventa, mediante la acción de otorgamiento y firma de escritura.
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