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  • Consulta : 101782
  • Autor : TANGO210
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  • Autor
    Respuesta No: 210355

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Ahi esta un caso de discriminación, de acuerdo con lo aportado por el consultante anterior, los tratados internacionales establecen que los centros de reclusión femeniles, los directivos y el personal de custodia deben de tener el mismo sexo, pero, aunque el forista anterior fué omiso en ello, yo infiero que ese o esos tratados no dicen algo acerca de que en los centros de reclusión varoniles los directivos y el personal de custodia, deban tener el mismo sexo. No es discriminación????