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AutorRespuesta No: 210166
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Febrero de 2011 12:11 2011-02-12 12:11 desde IP: 189.163.26.236
Bueno, antes que nada la cédula de identidad personal que es la que se expide en favor de los menores ya estaba contemplada, desde hace varios años en la legislación, los únicos cambios que se le han hecho ahora es que contendrán datos extras a los que antes contenía, como son la imagen del iris. Ahora, tanto a cédula de identidad personal como cédula de identidad ciudadana, (para los mayores de 18 años) ya eran obligatorias desde hace varios años, sin embargo son leyes imperfectas, es decir, carecen de sanción, por lo que el hecho de que no solicite uno la expedición de las cédulas de identidad ciudadana no te pueden sancionar, o al menos aún no existe sanción alguna. Sin embargo en el caso de los menores, si bien entiendo el temor que tienes, también tiene muchos beneficios ya que los menores no tienen identificación como el IFe en para los maores de 18 años, y ahora que se promueve su expedición, es con fines de que los menores cuenten con una identificación equivalente a lacredencial para votar. Ahora como mencioné, apun no existe una sanción por la no portación de está cedúla, sin embargo creo que pudiera luego representar algunos obstáculos cuando quieras identiicar a tus hijos, ya que pudiera ser que en algunos años, para cualquier trámite, digáse por ejemplo una inscripción escolar etc, soliciten este tipo de cédula, por lo que es recomendable solicitarla.
Ahora por lo que respecta al Juicio de Amparo, desde mi punto de vista, no sería procedente, ya que el que obliguen a los ciudadanos ai nscribirse en este padrón, no viola ninguna garantía individual.
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