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AutorRespuesta No: 210153
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Febrero de 2011 11:16 2011-02-12 11:16 desde IP: 187.194.41.134
SI fue despedido, tiene derecho conforme a la Ley Federal del Trabajo, a que le sean cubierto los pagos de los siguientes rubros:
- Hasta tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional (90 días), tomándose como salario base para su cálculo, el salario diario integrado;
- Proporcionales de aguinaldo (15 días del último año divididos entre 12 meses y multiplicados por el número de meses transcurridos del año), vacaciones (6 días por el primer año, 8 días por el segundo año, 10 días por el tercer año y 12 días del cuarto al octavo años y aumenta 2 días por cada cuatro años) y prima vacacional (equivalente al 25% o cuarta parte de los salarios que le correspondan por los días a que tiene derecho por el concepto de vacaciones), tomándose como base para su cálculo su salario diario ordinario;
- Proporcional de prima de antigüedad, tomándose como base para su cálculo un tope de dos salarios mínimos vigentes en su zona, cuando el salario diario del trabajador rebasa esa cantidad.
Ahora bien, para poder realizar un cálculo preciso de su LIQUIDACION se requiere la siguiente información:
- Fecha exacta de ingreso
- Fecha exacta de despido
- Prestaciones extralegales (esto es, ¿contaba el trabajador al momento del despido con fondo de ahorro, vales de despensa o alguna otra prestación adicional a las que marca la ley?)
- Número de días por concepto de Aguinaldo que la empresa cubre (por ley debe pagar 15 días, pero algunas pagan mas días ya sea de mutuo propio o por medio de una obligación contractual)
- Porcentaje de prima vacacional (por ley se debe pagar el 25% pero algunas empresas pagan primas mayores, ya sea de mutuo propio o por medio de una obligación contractual)
- Número de días de vacaciones del primer año (por ley son 6 pero insisto, algunas empresas dan días adicionales ya sea de mutuo propio o por medio de una obligación contractual)
- SABER: ¿Si el trabajador al momento de ser despedido, disfrutó de las vacaciones correspondientes a su último período vacacional?
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