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AutorRespuesta No: 210142
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Febrero de 2011 09:38 2011-02-12 09:38 desde IP: 187.194.41.134
por lo eneral... cuando el obligado no tiene una situaciòn de donde pueda derivar un %%%...
el juez se basa en tesis de jurisprudencia y señala ..o minimo 2 salarios minimos mensuales regionales... en favor de la necesitada... no dubitables por las partes... y hasta que la acreedora demuestre que hay un salario estable y del cual se puede hacer el descuento....
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