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  • Consulta : 101502
  • Autor : joelic
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  • Autor
    Respuesta No: 209756

  • joelic
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    debes acudir a  un abogado en materia familiar y de esta forma instaurar un juicio de pension alimenticia, ante un juzgado civiil o familira segun existan en tu entidad, ya que tampoco el DIF es juez es solo una institucion conciliadora

    el ministerio publico no determina estas deduciones de pension el solo ejecuta si ya existiere una sentencia que la declare y no se cumpla

    asi que puedes conseguir un abogado particular o en su defecto uno de oficio que le paga el estado

    espero te haya servido de algo buen dia y saludos desde toluca