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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Febrero de 2011 14:30 2011-02-10 14:30 desde IP: 189.217.227.191
Distinguida ros_sb
Como acertadamente le contesto el forista victor32gay (le envió un cordial saludo al Sr. Ing.Víctor Hugo Mendoza Navarrete)
En mi experiencia profesional como Abogado Especializado, le participo que el padre del menor no se lo puede quitar pues de conformidad con la ley, las hijas e hijos menores de cinco años, se mantendrán al cuidado de la madre, hasta que cumplan esa edad; por tanto, si un menor cuenta con una edad inferior a la señalada en el precepto legal citado, es procedente que se considere que la guardia y custodia de éste corresponda a su progenitora, en virtud de que dada su edad necesita de cuidados y atenciones especiales para subsistir.
No tenga miedo del padre de su ex concubino por lo general los abogados no somos alcahuetes, lo que puede hacer como defensa ocurrir ante el Juez de lo familiar y solicitar la pensión alimenticia y que cesen los actos de intimidación y violencia en su contra, y asi mismo puede ocurrir ante la PGJDF y denunciar la omisión de proporcionar alimentos y la violencia ejercida por esta persona, recuerde que la mejor defensa es el ataque
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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